Derecho de información

A los efectos de lo previsto en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General y en relación con el derecho de información de los accionistas con ocasión de la convocatoria de la junta, serán de aplicación, además de las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades de Capital, Estatutos y Reglamentos de la Junta General y del Consejo de Administración del Banco, las siguientes reglas:

(i) De conformidad con lo previsto en el Reglamento de la Junta General, las solicitudes que procedan en ejercicio del derecho de información de los señores accionistas podrán realizarse a través de correo electrónico dirigido a la dirección junta.accionistas@santander.com, en cuyo caso y con objeto de dotar al sistema de las adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista que ejercita su derecho de información, aquél deberá hacer constar en el citado correo su nombre y apellidos (o denominación social), Número de Identificación Fiscal y número de acciones de las que es titular.

(ii) Al amparo de lo establecido en el artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital, y salvo que el accionista indique otra cosa, las solicitudes que, en ejercicio del derecho de información, se reciban en la dirección de correo electrónico antes indicada podrán ser atendidas por el Banco mediante contestación dirigida al correo electrónico del accionista remitente.

(iii) También podrá cursarse la solicitud mediante la entrega o envío por correspondencia postal al domicilio social de la petición escrita, con firma manuscrita.

Todo lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de información del accionista durante la celebración de la junta general, en relación con el cual serán de aplicación las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades de Capital, en los Estatutos, en los Reglamentos de la Junta y del Consejo y en el anuncio de convocatoria.